La normativa sobre acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (en particular, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio) ha determinado una nueva forma de notificar a través de Internet en una dirección electrónica habilitada (DEH) para toda la Administración General del Estado, especialmente en sus artículos 35 y 38, que a su vez desarrollan los artículos 27 y 28 de la Ley 11/2007.
La Dirección Electrónica Habilitada no se define de forma expresa en la normativa, pero indirectamente se puede intentar definir como un sistema de comunicaciones que asigna una dirección única y diferenciada a cada usuario destinatario, persona física o jurídica (identificados por nombre y apellidos o la razón o denominación social del interesado, y su número de identificación fiscal), que los solicite (salvo cuando se asigne de oficio), y que cumpla un conjunto de medidas de seguridad, en particular las que garanticen que:
- Permite acreditar la fecha y hora en que se produce la puesta a disposición del interesado del acto objeto de notificación.
- Posibilita el acceso permanente de los interesados a la dirección electrónica correspondiente, a través de una sede electrónica o de cualquier otro modo.
- Acredita la fecha y hora de acceso a su contenido.
- Posee mecanismos de autenticación para garantizar la exclusividad de su uso y la identidad del usuario.
Uno de los posibles sistemas de Dirección Electrónica Habilitada es el creado bajo la responsabilidad del Ministerio de la Presidencia (en la actualidad, Hacienda y Administraciones Públicas), disponible para la práctica de las notificaciones telemátcas de todos los órganos y organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado que no establezcan sistemas de notificación propios.
Cuando se establezca la práctica de notificaciones electrónicas con carácter obligatorio, la dirección electrónica habilitada administrada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, será asignada de oficio y podrá tener vigencia indefinida, conforme a la Orden PRE/878/2010, de 5 de abril, por la que se establece el régimen del sistema de dirección electrónica habilitada previsto en el artículo 38.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre.
Respecto del resto de direcciones electrónicas habilitadas, se aplicará el régimen que corresponda conforme a la Orden que publique en el BOE el titular del Departamento correspondiente.
Este sistema de Dirección Electrónica Habilitada ha sido adoptado por los siguientes organismos:
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
Ministerio del Interior
Consejo Superior de Deportes
Web:
Dirección General de la Guardia Civil
Web: http://www.guardiacivil.es
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Ministerio de Fomento
Web:
Oficina Española de Patentes y Marcas
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES
Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas
Web:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Comisión Nacional de Energía
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
COMISIÓN NACIONAL DEL SECTOR POSTAL
ADMINISTRACIONES AUTONÓMICAS
Universidad de Huelva
Web:
Diputación de Ourense
UNIVERSIDAD DE CADIZ
Universidad de Almería
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla
Web:
Gobierno de Navarra
Web:
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA
Web: http://www.institutofomentomurcia.es
Gobierno de Canarias
Web:
Diputación Provincial de Cuenca
Universidad de Jaén
Universidad de Sevilla
ENTIDADES LOCALES Y OTROS
AYUNTAMIENTO DE XÀTIVA
Ajuntament de Xabia
Web:
AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Cambra de Comerç industria i Navegació de Barcelona
Web:
Ayuntamiento de Alfafar
Arabako Foru Aldundia – Diputación Foral de Álava
Ayuntamiento de Puertollano
Web: https://tramita.puertollano.es
Ayuntamiento de Teguise
Web:
Sindicatura de Comptes de les Illes Balears
Web: http://www.sindicaturaib.org
Esamur
Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea
Servicio Regional de Empleo y Formación de Murcia
Web: http://www.sefcarm.es/web/pagina?IDCONTE…
Concello de Abegondo
COMARCA DE LA LITERA